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Cuentas: congelación arbitraria
Noticia publicada a
las 03:53 am 21/04/26
Por: Eduardo R. Huchim.
Entre las historias que se cuentan de boca en boca, cito una representativa de muchas…
La autorización otorgada por la Suprema Corte de Justicia a la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) para congelar cuentas bancarias aun sin orden judicial, ha levantado alarma por los excesos que tal facultad puede producir, pero si la UIF la emplea con prudencia y rigor,
sin duda puede ser una herramienta poderosa contra la delincuencia organizada, sin afectar a inocentes.
Muchos opinamos desde tiempo atrás que la inteligencia financiera -más que la sangre y fuego- es la vía más eficaz para librar la batalla contra el crimen organizado, el cual tiene en el dinero su principal arma, y sus capitales, obviamente, se mueven en circuitos financieros y bursátiles, aunque tal cosa no se quiera admitir.
Hay quienes ven en la nueva facultad de la UIF una violación al derecho a la propiedad y a la presunción de inocencia y no es desestimable su alegato, pero si se mira con detenimiento al ámbito bancario, es posible encontrar una realidad cotidiana: actualmente el bloqueo a cuentas bancarias y restricciones para acceder a ellas son practicadas con frecuencia, y no por autoridades bancarias o financieras y mucho menos con orden de un juez, sino por los propios bancos. Y nadie se escandaliza por ello.
Y no piense el lector que tales acciones violatorias de los derechos de los cuentahabientes se practican sobre cuentas cuantiosas, de decenas o cientos de millones de pesos. Bloqueos y restricciones se determinan contra cuentahabientes pequeños o medianos, por razones que los bancos nunca explican.
Entre las historias que se cuentan de boca en boca, cito una representativa de muchas. So pretexto de “actualizar sus datos”, además de los elementos necesarios para la personalización e identificación del cliente, ejecutivos de HSBC solicitaron la siguiente información a cuentahabientes:
· Monto total del patrimonio actual, detallando cómo se integra y el valor de cada bien (activos, propiedades inmuebles, vehículos, ahorros, inversiones, obras de arte).
· Ubicación de cada bien inmueble propio o dado en renta: calle, colonia, código postal.
· Origen del patrimonio inicial del cliente, detallando las actividades/eventos que ayudaron a generar ese patrimonio e indicando si tales actos se realizaron en México o en otro país.
· Informar cuál es el monto total aproximado que el cliente posee actualmente en cuentas de inversión.
· Informar cuál es el ingreso anual total aproximado derivado de intereses de inversión y el uso o propósito de las cuentas que el cliente posee.
Parece obvio que se trata de un problema de criterios que, al menos en el caso de HSBC, es de esperarse se resuelva con la reciente llegada a la presidencia de ese banco del excandidato presidencial José Antonio Meade Kuribreña, el único mexicano que, hasta ahora, ha ocupado cinco veces distintas secretarías de Estado y quien, más allá de filias y fobias políticas, posee solidez técnica y personal.
PLUS DIGITAL: ACTOS SIN BASE LEGAL
- ¿Qué fundamento legal tienen los bancos para exigir información privada y sensible de sus usuarios? ¿En qué sustentan ese acto de molestia a sus clientes?, pregunté a un ejecutivo bancario.
- No tienen fundamento legal -admitió-, no pueden legalmente exigir tal información…, pero sí pueden bloquear tus cuentas o dificultar el acceso a ellas (por ejemplo, impedirte el uso de la banca por internet), si no la aportas.
Y en efecto, los bancos que operan en México, mexicanos o extranjeros, actúan como si fueran autoridad y, además, autoridad arbitraria. Pese a su condición de instituciones autorizadas por el Estado para prestar el servicio de banca y crédito, sus agentes suelen tratar a los usuarios como autoridades -que no son- y prepotencia, si bien debe apuntarse que existen también ejecutivos y cajeros que son modelo de eficiencia y amabilidad.
Comoquiera, las autoridades bancarias deberían vigilar con mayor rigor la actividad bancaria y no sólo exigir el cumplimiento de la ley, sino adoptar criterios favorables al usuario y potenciar sus derechos.
Cierto que existe la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef), que posee atribuciones para defender a los usuarios, pero en la mayoría de los casos la conducta negativa del personal bancario se impone y queda impune, por falta de tiempo y humor de los afectados, para iniciar quejas en la Condusef.
Cabe preguntar si, aparte de la Condusef, las instituciones de regulación bancaria podrían, de oficio, ocuparse de casos como el bloqueo injustificado de cuentas que, como queda dicho, ocurre en perjuicio de los cuentahabientes y por decisión unilateral de los bancos y frecuentemente sin previo aviso.
@EDUARDORHUCHIM