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Referéndum constitucional

Noticia publicada a las 02:56 am 17/09/14

Por: Diego Valadés.

El concepto de "consulta popular" tiene un significado múltiple en nuestra Constitución. Fue utilizado por primera vez en la reforma de 1983 al artículo 26, y ha vuelto a usarse en el artículo 35, en 2014. El primero de los preceptos atañe a la facultad presidencial de convocar a la ciudadanía para manifestarse en cuanto al plan nacional de desarrollo.

En este caso la consulta consiste en foros, escritos y en general expresiones públicas que hasta ahora sólo han tenido un sentido simbólico.

En cuanto al artículo 35 la fórmula "consulta popular" engloba al plebiscito y al referéndum. El plebiscito es una institución romana mediante la cual la plebe, clase social considerada inferior a los patricios, adoptaba normas a propuesta de sus tribunos. El referéndum se originó en los acuerdos de los parlamentos o dietas medievales aprobados pero sujetos ad referéndum, o sea al refrendo o confirmación de los mandantes de los representantes.

En la actualidad se entiende por plebiscito la opinión ciudadana sobre una decisión de política general y por referéndum la consulta sobre cuestiones normativas. El referéndum es constitucional si tiene por objeto adoptar una Constitución o reformarla; es legislativo o municipal, según el ámbito de aplicación de la norma que se vote, y se le llama consultivo cuando se pregunta acerca de una disposición determinada antes de que el Congreso se pronuncie.

Existe la impresión de que esas modalidades de consulta son propias de la democracia. En realidad funcionan lo mismo para fortalecer los sistemas democráticos que para legitimar dictaduras. Esto último ocurrió en 1934 con la dictadura hitleriana; en 1947 con la franquista y en 2002 con la prórroga del mandato de Saddam Hussein. Hay muchos otros casos similares.

Las consultas populares a veces son utilizadas para justificar actitudes regresivas, como se ha hecho en muchos lugares para conculcar los derechos sexuales, reproductivos o políticos de la mujer, por ejemplo. De ahí que los mecanismos de consulta exijan un entorno democrático que permita sortear el riesgo de decisiones arbitrarias.

En México el artículo 35 constitucional suscita dudas en cuanto a sus efectos. Uno de sus párrafos dice: "Cuando la participación total corresponda, al menos, al cuarenta por ciento de los ciudadanos inscritos en la lista nominal de electores, el resultado será vinculatorio para los poderes Ejecutivo y Legislativo federales y para las autoridades competentes". Algunos apreciados colegas sostienen que mediante esa consulta es posible reformar la Constitución. No comparto su opinión.

El artículo 35 se refiere al "poder legislativo", pero la Constitución determina el órgano competente para reformarla en otro precepto: el 135. Ahí dispone que las reformas sean aprobadas por el conjunto de las cámaras federales y de los congresos locales, de manera que la Constitución no es modificable por el "poder legislativo" sino por un ente complejo distinto integrado por todos los órganos del sistema representativo federal y estatal al que la doctrina y la jurisprudencia llaman "poder constituyente derivado o permanente" o "poder reformador o revisor de la Constitución".

Está fuera de discusión que el "poder legislativo" no es competente en materia de reformas constitucionales, pero se argumenta que sí lo son "las autoridades competentes" mencionadas en el 35, pues se aduce que entre ellas queda incluido el constituyente permanente. No es así.

La Constitución contiene más de diez acepciones de la voz autoridad: administrativa, civil, del Distrito Federal, del fuero común, electoral, estatal, federal, hacendaria, judicial, local, militar, municipal, sanitaria. También menciona de manera genérica a "autoridades competentes", pero esta expresión se ha aplicado siempre a los órganos administrativos, legislativos y jurisdiccionales de los ámbitos federal, local o municipal, o a sus titulares. Este es el significado que tiene en la Constitución, donde además del 35 figura en los artículos 16, 18, 28, 79 y 111. En cambio no hay norma, jurisprudencia ni doctrina que haya aludido nunca al poder reformador o revisor de la Constitución como "autoridad competente".

Estoy a favor de adoptar el referéndum constitucional. Si se quiere un avance democrático en nuestro sistema, habrá que incluir la consulta como un procedimiento para que los mexicanos participemos en la reforma constitucional, pero mientras la Constitución no lo diga, esa posibilidad no existe.

@dvalades

Fuente: Reforma.

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*** SINOPSIS INFORMATIVA ***

ALGUNOS TIPOS DE GOBIERNO NO CAMBIARÁN...
No ganó el PRIAN pero algunos gobiernos a pesar de ser de "MORENA", están pintados de azul o rojo, más no de guinda. Pero esperemos que el Presidente AMLO logre su plan de austeridad en toda la república, porque en algunos municipios aún se dan el lujo de gastar y robar los recursos a manos llenas a espensas del pueblo.

FUTURO INCIERTO PARA TEHUACÁN
En panorama económico para la ciudad de las granadas es fatal, en primera porque no hay inversionistas que deseen arriesgar su capital de forma seria y lo que sobra son especuladores, o dueños de capitales golondrinos que llegan “lavan” y se van a realizar la transa en otros países o Estados de la República.

SÍNTESIS DE TEHUACÁN
Este medio digital cumplió 17 años en esta gran lucha por informar a Tehuacán y alrededores, aún más allá de donde nuestra vista alcanza hemos logrado obtener lectores hispanos en otros países tanto en este continente como del otro lado de las aguas... hemos recibido críticas, amenazas, despojos y demás pero es muy fácil escribir sin firmar sus letras o incluso hablar detrás de un anónimo, a ellos agradecemos que nos tomen en cuenta, pero más a los que nos brindan su preferencia y se suman a la gran cadena de los que quieren saber un poco más cada día. Síntesis de Tehuacán les desea salud, trabajo y nuevas experiencias hoy y siempre.

POLÍTICA A LA MEXICANA
Sé que Morena es la promesa de la transformación de la política en el país, el Estado y la ciudad, porque sugiere una transformación de modelo económico. Pero después de la muerte de Barbosa y la llegada de Céspedes Peregrina a la Gobernatura de Puebla dejará mucho que desear puesto que es un mundo de latrocinio y simulación disfrazado de trabajo, el cual esperemos se termine a la salida del antes mencionado. Ya rendirán cuentas cada uno de los barbosistas al finalizar su supuesta gestión.

NO HAY CAMBIO CON POLÍTICOS CORRUPTOS Y MOCHOS
Un gran periodista que fue don Roberto Blanco Moheno dijo que: “para lograr transformaciones firmes, había que romper con los arcaicos moldes”. Y de esa manera tituló a su columna por el tiempo que la escribió.

EL PESO
El peso se ha fortalecido frente al dólar en su cotización oficial en lo que va de la gestiòn de AMLO. Esperemos termine mejor en este sexenio y veamos que nos depara con el sucesor.

YA 4 AÑOS...
Este año 2023, se cumplen enormes logros con pensiones y apoyos que quedaron grabados en la constitución. Algunos locos ya comen ansias por iniciar formalmente sus campañas, sin saberlo deberán esperar casi un año para presentar sus propuestas a Andrés Manuel en su Proyecto de 2024, pero el ya tiene en mente una buena jugada para ese entonces.

Alberto Cortez: "Arriba la vida...".

Estos libros recomienda el STAFF de Síntesis Tehuacán para ilustrarse acerca de lo que pasa en la actualidad.

 

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